Ordenanza N° 21/2026

SIMPLIFICACION DE HABILITACIÓN COMERCIAL

Ordenanza Fecha Sesión: 11/08/2026
Autor/es: Esteban Omar Galan
Estado de Promulgación
En revisión por el Ejecutivo
Fecha presentación: 13/08/2026
Defensa / Fundamentación

El Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Francisco de Tilcara sancionó la Ordenanza N° 021/2026-HCDT, mediante la cual se crea el Régimen de Habilitación Comercial Simplificada. Esta norma busca eliminar las trabas burocráticas que históricamente han frenado el inicio de nuevos comercios, promoviendo la formalización, el autoempleo y el crecimiento económico local dentro del ejido municipal.

Partiendo del principio de buena fe del contribuyente, la ordenanza permite que vecinos y emprendedores inicien sus actividades comerciales de manera inmediata bajo una habilitación provisoria, otorgando un plazo razonable para completar los trámites documentales sin suspender la producción ni el trabajo.

EJES PRINCIPALES Y MECANISMOS DE LA ORDENANZA

1. Habilitación Provisoria en 48 Horas

Presentando el formulario de solicitud, una Declaración Jurada básica de condiciones de seguridad/salubridad y la copia simple de los documentos disponibles, el Municipio otorgará la Habilitación Provisoria dentro de las 48 horas hábiles, permitiendo trabajar inmediatamente (Arts. 2° y 5°).

2. Plazos Amplios y Previsibles

  • Vigencia Provisoria (Art. 6°): 90 días hábiles para completar los requisitos solicitados (DNI, CUIT, libre deuda, título/contrato, croquis, carnet sanitario, etc.).
  • Prórroga Excepcional (Art. 6°): Se podrá solicitar una única prórroga de hasta 30 días hábiles adicionales ante demoras justificadas de organismos externos u obras civiles.
  • Habilitación Definitiva (Art. 7°): Tendrá vigencia anual tras la verificación del expediente completo en un plazo de 10 días hábiles.

3. Control Responsable y Presunción de Buena Fe

El régimen mantiene las exigencias de seguridad alimentaria y de bomberos para rubros gastronómicos o de manipulación de alimentos (Art. 4°). Se presume la buena fe del declarante, aunque la falsedad de datos derivará en la revocación del beneficio e inhibición por un año (Art. 9°). Si vence el plazo provisorio sin completar el trámite, se notificará el cese de actividades, quedando expresamente prohibidas las multas o clausuras con secuestro de mercadería (Art. 8°).

 

4. Bonificación del 10%

Se establece un descuento del 10% sobre la Tasa Anual de Habilitación Comercial para contribuyentes que abonen el total antes del vencimiento general o primera cuota, así como para nuevos emprendedores que inicien su primera actividad en Tilcara (Art. 10°).

ESTRUCTURA RESOLUTIVA Y PASOS DEL TRÁMITE

EtapaRequisitos BásicosPlazo de Respuesta / Vigencia

Inicio Provisorio

 

Formulario + DDJJ de condiciones + Copias disponibles.Respuesta en 48 hs hábiles / Válido por 90 días hábiles.

Pase a Definitiva

 

Documentación completa (Seguridad e higiene, Bomberas, Carnet Sanitario, etc.).Otorgamiento en 10 días hábiles / Vigencia Anual.

Beneficios

 

Pago total anticipado o primer emprendimiento.10% de Bonificación en la Tasa Anual.
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