Ordenanza N° 23/2026
Acompañamiento de la Embajadora del Departamento de Tilcara en su proyecto Social-Solidario
En revisión por el Ejecutivo
Fecha presentación: 13/08/2026El Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Francisco de Tilcara sancionó la Ordenanza N° 023/2026-HCDT, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Acompañamiento y Gestión de Proyectos Sociales Estudiantiles. Esta iniciativa legislativa busca institucionalizar un mecanismo permanente para asesorar, gestionar e impulsar la ejecución efectiva del Proyecto Social-Solidario presentado por la Representante Estudiantil (Embajadora) del Departamento de Tilcara en el marco de la Fiesta Nacional de los Estudiantes.
Con esta política pública, el Municipio reconoce a la juventud como protagonista en la formulación de propuestas comunitarias y garantiza que sus ideas de intervención social, cultural, educativa o ambiental no queden estancadas por falta de recursos o de respaldo técnico-institucional.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y MECANISMOS DE IMPLEMENTACIÓN
1. Participación Juvenil y Marco Constitucional
La norma se fundamenta en el Artículo 47 de la Constitución de la Provincia de Jujuy, que promueve el derecho fundamental de las juventudes a participar activamente en el diseño de políticas públicas orientadas al desarrollo integral comunitarios. Asimismo, se alinea con las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipios N.º 4466/89 para el fomento del desarrollo social, el voluntariado y el bien común.
2. Autoridad de Aplicación y Funciones Técnicas
Se designa a la Secretaría de Desarrollo Humano como Autoridad de Aplicación (Art. 3°), con las siguientes funciones encomendadas por la ordenanza (Art. 4°):
- Analizar la viabilidad técnica y social de las propuestas presentadas por las representantes estudiantiles.
- Diseñar un plan de trabajo y ejecución junto a la Representante Estudiantil en todas las etapas (Arts. 4° y 8°).
- Coordinar la articulación con centros vecinales, escuelas, voluntarios y áreas municipales competentes.
- Presentar un informe anual ante el Concejo Deliberante detallando los resultados y avances logrados (Art. 9°).
3. Estrategia de Gestión de Recursos y Convenios
Para evitar recargar de forma exclusiva el presupuesto municipal, la ordenanza faculta al Departamento Ejecutivo a coordinar alianzas estratégicas y firmar convenios con el Ente Autárquico Permanente, organismos provinciales/nacionales, universidades, ONGs y el sector privado para la obtención de financiamiento externo, aportes materiales o asistencia técnica (Arts. 5°, 6° y 7°).
RESUMEN ESTRUCTURAL DE LA ORDENANZA
| Eje Normativo | Disposición y Alcance |
|---|---|
Objeto del Programa
| Asesorar, gestionar y ejecutar el Proyecto Social-Solidario de la Representante Estudiantil de Tilcara (Art. 1°). |
Autoridad de Aplicación
| Secretaría de Desarrollo Humano (Art. 3°). |
Articulación y Recursos
| Firma de convenios con organismos públicos/privados y búsqueda activa de financiamiento externo (Arts. 5° y 6°). |
Rol de la Autora
| Participación activa de la Representante Estudiantil en la planificación, ejecución y evaluación (Art. 8°). |
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