Minuta de Comunicación N° 46/2026

INTERPELACIÓN A LA DIRECTORA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE POR CUADRO TARIFARIO DE REMISES – NOTA FS. 34/26.

Minuta de Comunicación Fecha Sesión: 18/08/2026
Autor/es: Tristan Anibal Mamani Patricia Amancay Calizaya
Ingreso al Ejecutivo Municipal

Fecha de presentación: 19/08/2026

Defensa / Fundamentación

Mediante la sanción de la Minuta de Comunicación N° 046/2026-HCDT, el Concejo Deliberante de Tilcara aprobó la citación a Interpelación Formal de la Directora de Tránsito y Transporte Municipal, Dña. Mabel Vilte. La medida responde a los reclamos presentados por el sector de remiseros (Nota Fs. 34/26) y al dictamen de la Comisión de Juri, Reclamos y Poderes, el cual advirtió presuntas irregularidades en la aplicación de la tarifa vigente del servicio público de transporte.

Ejercicio de control y marco legal

El Cuerpo Deliberativo fundamentó la medida en el artículo 121 inc. b) y el artículo 132 de la Ley Orgánica de Municipios (N° 4466/89), los cuales facultan al Concejo a fiscalizar la administración municipal y obligan a los funcionarios del Ejecutivo a acudir a las citaciones del recinto. El objetivo central es transparentar la fijación de tarifas, proteger los derechos de los usuarios y resguardar las fuentes de trabajo del sector.

Esquema de citaciones fijado por el Cuerpo

Para garantizar la comparecencia y el cumplimiento del orden legal, el Concejo estableció un cronograma progresivo de convocatorias:

  • Primera citación: 25 de agosto de 2026 a las 09:00 hs. La funcionaria deberá acudir presencialmente, responder el pedido de informes y presentar la documentación respaldatoria del cuadro tarifario.
  • Segunda citación (en caso de incomparecencia): 01 de septiembre de 2026 a las 09:00 hs.
  • Uso de Fuerza Pública (de persistir la incomparecencia): 08 de septiembre de 2026 a las 09:00 hs, solicitando el auxilio de la Policía de la Provincia de Jujuy para garantizar su presencia física.

Requerimientos y apercibimientos

La resolución exige a la funcionaria la entrega en copia certificada de todo el expediente administrativo, resoluciones internas y dictámenes técnicos sobre la tarifa. Asimismo, el texto advierte que el incumplimiento deliberado constituirá una falta grave a los deberes de funcionario público, reservándose el Concejo el derecho de iniciar acciones administrativas y efectuar denuncias penales por desobediencia e incumplimiento de deberes ante el Ministerio Público de la Acusación.

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