Ordenanza N° 26/2026
ESTABLÉCESE COMO DENOMINACIÓN INSTITUCIONAL OFICIAL Y ÚNICA DEL ÓRGANO LEGISLATIVO MUNICIPAL LA EXPRESIÓN “CONCEJO DELIBERANTE DE TILCARA”
En revisión por el Ejecutivo
Fecha presentación: 19/08/2026En cumplimiento de las disposiciones normativas vigentes, el órgano legislativo municipal sancionó la Ordenanza N° 026/2026-HCDT, mediante la cual se establece como denominación oficial, única y exclusiva la expresión "Concejo Deliberante de Tilcara". La medida responde a lo estipulado por la Constitución de la Provincia de Jujuy (artículos 13, 15, 25 y 207), que suprime los tratamientos honoríficos para funcionarios y cuerpos institucionales en pos de los principios de sobriedad, igualdad, transparencia y ética pública.
Adecuación documental, digital e interna
A partir de la entrada en vigencia de la norma, queda eliminada la palabra "Honorable" de toda comunicación, documento, expediente, sello y canal institucional. La ordenanza contempla los siguientes aspectos clave:
- Documentación y canales digitales: Se instruyó a las áreas administrativas a adaptar la papelería oficial, cartelería, sellos, sitio web, redes sociales y correos electrónicos institucionales en un plazo máximo de 30 días corridos.
- Modificación del Reglamento Interno: Se reformó el artículo 238° para fijar las fórmulas oficiales de sanción en proyectos de Ordenanzas, Resoluciones, Declaraciones y Minutas de Comunicación bajo la nueva denominación.
- Validez de documentos preexistentes: La medida no afecta la validez jurídica, eficacia ni autenticidad de los actos administrativos o legislativos emitidos con anterioridad a esta sanción.
Con esta iniciativa, el Concejo Deliberante de Tilcara adecua su marco institucional a la Carta Magna provincial, reforzando la cercanía y la igualdad ante la ley en la representación de los vecinos.
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