Esta decisión responde a un criterio de prudencia institucional y responsabilidad administrativa, con el propósito de garantizar que cada instancia del procedimiento se desarrolle con estricto apego a la Constitución, las leyes vigentes y el Reglamento Interno de este Cuerpo Legislativo.
El Departamento Ejecutivo presentó un planteo vinculado con la validez de las actuaciones y, asimismo, formuló su descargo en el marco del procedimiento en curso. Ante esta situación, el Concejo considera necesario analizar integralmente dicha presentación, revisar los aspectos procedimentales señalados y adoptar las medidas que correspondan, garantizando plenamente el derecho de defensa, el debido proceso y la presunción de inocencia.
Es importante aclarar que esta suspensión preventiva no implica hacer lugar al pedido de nulidad presentado por el Ejecutivo, ni supone declarar inválidas las actuaciones, archivar el expediente o desistir de las funciones de control que le competen al Concejo Deliberante. Se trata de una medida transitoria destinada a evaluar los planteos formulados y asegurar que la continuidad del procedimiento cuente con el debido respaldo jurídico y constitucional.
Como institución, entendemos que la transparencia y el control de los actos de gobierno deben ejercerse con responsabilidad, objetividad y respeto por las garantías de todas las partes. El Concejo Deliberante, en su función de control, tiene la obligación de actuar con firmeza, pero también con prudencia, respetando las normas y evitando que cualquier defecto procedimental pueda comprometer la validez de lo actuado.
Nuestro compromiso es con la comunidad de Tilcara: con el derecho de los vecinos a acceder a la información, con la obligación de las instituciones de rendir cuentas y con la necesidad de que todo procedimiento de control se lleve adelante de manera legítima, ordenada y conforme a derecho.
Por ello, se realizarán las evaluaciones y presentaciones jurídicas que resulten pertinentes para determinar los pasos a seguir, resguardando la continuidad del procedimiento y las competencias institucionales que corresponden a este Cuerpo.
La suspensión es, por tanto, preventiva y momentánea, hasta nuevo aviso. Una vez concluidas las evaluaciones legales correspondientes, se informará oportunamente a la comunidad sobre las decisiones adoptadas y los pasos institucionales que correspondan.
La transparencia necesita control, y el control necesita legalidad. Nuestro deber es garantizar ambas cosas, con responsabilidad institucional y de cara al pueblo de Tilcara.